Las ayudas se otorgan en concurrencia simple a través de las comunidades y ciudades autónomas, a las que se han transferido los fondos europeos NextGenerationEU, conforme a lo estipulado en el Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre. Este Real Decreto contiene también las bases reguladoras de las convocatorias a las que deberán sujetarse las comunidades y ciudades autónomas para conceder las subvenciones.
Proveedor de servicios
Con el fin de facilitar la gestión de las ayudas, la búsqueda de los servicios acordes a las necesidades de las empresas beneficiarias y la implantación de las soluciones de modernización subvencionadas se ha creado la figura de los Proveedores de Soluciones de Modernización.
Así, las empresas del ámbito tecnológico y digital que sean proveedoras de alguna de las soluciones de modernización incluidas en el Real Decreto, y que cumplan las condiciones fijadas en el Anuncio para ser Proveedor de Soluciones de Modernización, podrán solicitar a Mitma su adhesión al programa de ayudas, mediante el procedimiento publicado en la sede electrónica del Ministerio.
Las empresas que quieran adherirse al programa pueden hacerlo en cualquier momento hasta el a través de sede electrónica de Mitma. No obstante, las CCAA que lo deseen podrán publicar anuncios de adhesión complementarios al del Ministerio.
Para poder adherirse al programa, entre otros requisitos, las empresas tecnológicas deberán tener el domicilio fiscal y el centro de prestación de las soluciones en la Unión Europea y una facturación acumulada de, al menos, 100.000 euros en los dos años anteriores o 50.000 en el año anterior en proyectos similares (70.000 o 35.000 euros de facturación, respectivamente, para autónomos sin trabajadores a su cargo).
Las empresas adheridas al programa serán las únicas que podrán prestar las soluciones de modernización subvencionadas a las pymes y autónomos beneficiarios de las ayudas. Mitma habilitará en su web un registro de Proveedores de Soluciones de Modernización, que recogerá todas las empresas que se han sumado al programa. Para hacer la búsqueda más rápida y cómoda, se podrá filtrar por categoría, por tipo de servicios de transporte que presta (mercancías, colectivo de viajeros, cargadores…, por comunidades autónomas donde prestan servicio y por la región donde tenga la sede fiscal el proveedor.
Soluciones de modernización subvencionables
Categoría 1: Gestión de documentos de control electrónicos.
Categoría 2: Sistema de tacógrafo inteligente de segunda generación.
Categoría 3: Integración de documentos de control electrónicos en los sistemas de gestión.
Categoría 4: Implantación de sistemas de planificación de recursos empresariales (TMS/ERP).
Categoría 5: Implantación de sistemas de ayuda a la explotación (SAE).
Categoría 6: Actualización de sistemas de ayuda a la explotación (SAE).
Categoría 7: Ayudas a los servicios de transporte de viajeros.
Categoría 8: Implantación de aplicaciones para reclamaciones por medios electrónicos.
Categoría 9: Mejora de sistemas de ticketing.
El Real Decreto establece los contenidos mínimos de las actuaciones subvencionables de cada una de estas categorías, así como las cuantías de estas en función del tamaño del destinatario último que las solicite.
Los destinatarios últimos podrán elegir hasta un máximo de dos soluciones de modernización de entre las establecidas como elegibles para su tamaño y tipo de actividad. En el caso de que elijan dos categorías, podrán firmar Acuerdos de Prestación de Soluciones de Modernización con dos Proveedores adheridos distintos, si así lo desean.
Una vez publicadas las convocatorias por parte de cada Comunidad y Ciudad Autónoma, los destinatarios últimos (autónomos y pymes) tendrán hasta el 30 de junio de 2024 para solicitar las ayudas en la comunidad autónoma donde tengan su residencia fiscal. Las solicitudes serán atendidas por orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos.
Los destinatarios últimos adjudicatarios recibirán un “cheque moderniza”, que deberán emplear en la contratación de las Soluciones de Modernización para las cuales se le ha concedido la subvención, formalizando para ello Acuerdos de Prestación de Soluciones de Modernización con los Proveedores de Soluciones de Modernización de su elección.
Con el Acuerdo formalizado, se procederá a la prestación de la solución de modernización por parte del Proveedor. El pago de la prestación se realizará por el destinatario último, mediante la cesión al Proveedor de la parte del “cheque moderniza” asociado al Acuerdo suscrito y el abono de la parte correspondiente de los costes no subvencionables.
Tras la prestación de la solución de modernización, el Proveedor, en nombre del destinatario último, deberá presentar la justificación de las acciones realizadas.
Las ayudas se otorgan en concurrencia simple a través de las comunidades y ciudades autónomas, a las que se han transferido los fondos europeos NextGenerationEU, conforme a lo estipulado en el Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre. Este Real Decreto contiene también las bases reguladoras de las convocatorias a las que deberán sujetarse las comunidades y ciudades autónomas para conceder las subvenciones.
Proveedor de servicios
Con el fin de facilitar la gestión de las ayudas, la búsqueda de los servicios acordes a las necesidades de las empresas beneficiarias y la implantación de las soluciones de modernización subvencionadas se ha creado la figura de los Proveedores de Soluciones de Modernización.
Así, las empresas del ámbito tecnológico y digital que sean proveedoras de alguna de las soluciones de modernización incluidas en el Real Decreto, y que cumplan las condiciones fijadas en el Anuncio para ser Proveedor de Soluciones de Modernización, podrán solicitar a Mitma su adhesión al programa de ayudas, mediante el procedimiento publicado en la sede electrónica del Ministerio.
Las empresas que quieran adherirse al programa pueden hacerlo en cualquier momento hasta el a través de sede electrónica de Mitma. No obstante, las CCAA que lo deseen podrán publicar anuncios de adhesión complementarios al del Ministerio.
Para poder adherirse al programa, entre otros requisitos, las empresas tecnológicas deberán tener el domicilio fiscal y el centro de prestación de las soluciones en la Unión Europea y una facturación acumulada de, al menos, 100.000 euros en los dos años anteriores o 50.000 en el año anterior en proyectos similares (70.000 o 35.000 euros de facturación, respectivamente, para autónomos sin trabajadores a su cargo).
Las empresas adheridas al programa serán las únicas que podrán prestar las soluciones de modernización subvencionadas a las pymes y autónomos beneficiarios de las ayudas. Mitma habilitará en su web un registro de Proveedores de Soluciones de Modernización, que recogerá todas las empresas que se han sumado al programa. Para hacer la búsqueda más rápida y cómoda, se podrá filtrar por categoría, por tipo de servicios de transporte que presta (mercancías, colectivo de viajeros, cargadores…, por comunidades autónomas donde prestan servicio y por la región donde tenga la sede fiscal el proveedor.
Soluciones de modernización subvencionables
Categoría 1: Gestión de documentos de control electrónicos.
Categoría 2: Sistema de tacógrafo inteligente de segunda generación.
Categoría 3: Integración de documentos de control electrónicos en los sistemas de gestión.
Categoría 4: Implantación de sistemas de planificación de recursos empresariales (TMS/ERP).
Categoría 5: Implantación de sistemas de ayuda a la explotación (SAE).
Categoría 6: Actualización de sistemas de ayuda a la explotación (SAE).
Categoría 7: Ayudas a los servicios de transporte de viajeros.
Categoría 8: Implantación de aplicaciones para reclamaciones por medios electrónicos.
Categoría 9: Mejora de sistemas de ticketing.
El Real Decreto establece los contenidos mínimos de las actuaciones subvencionables de cada una de estas categorías, así como las cuantías de estas en función del tamaño del destinatario último que las solicite.
Los destinatarios últimos podrán elegir hasta un máximo de dos soluciones de modernización de entre las establecidas como elegibles para su tamaño y tipo de actividad. En el caso de que elijan dos categorías, podrán firmar Acuerdos de Prestación de Soluciones de Modernización con dos Proveedores adheridos distintos, si así lo desean.
Una vez publicadas las convocatorias por parte de cada Comunidad y Ciudad Autónoma, los destinatarios últimos (autónomos y pymes) tendrán hasta el 30 de junio de 2024 para solicitar las ayudas en la comunidad autónoma donde tengan su residencia fiscal. Las solicitudes serán atendidas por orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos.
Los destinatarios últimos adjudicatarios recibirán un “cheque moderniza”, que deberán emplear en la contratación de las Soluciones de Modernización para las cuales se le ha concedido la subvención, formalizando para ello Acuerdos de Prestación de Soluciones de Modernización con los Proveedores de Soluciones de Modernización de su elección.
Con el Acuerdo formalizado, se procederá a la prestación de la solución de modernización por parte del Proveedor. El pago de la prestación se realizará por el destinatario último, mediante la cesión al Proveedor de la parte del “cheque moderniza” asociado al Acuerdo suscrito y el abono de la parte correspondiente de los costes no subvencionables.
Tras la prestación de la solución de modernización, el Proveedor, en nombre del destinatario último, deberá presentar la justificación de las acciones realizadas.