Cómo se indicará en el etiquetado
Para las formas congelada, desecada y en polvo del grillo doméstico, que se aprobó el pasado 10 de febrero, la denominación del nuevo alimento en el etiquetado de los productos alimenticios que lo contengan será “Acheta domesticus (grillodoméstico) congelado” o “Acheta domesticus (grillo doméstico) desecado/enpolvo”, dependiendo de la forma utilizada.
Además, el etiquetado de los productos alimenticios que contengan las formas congelada, desecada y en polvo de Achetadomesticus (grillo doméstico), según explica José María Ferrer, responsable de Derecho alimentario de AINIA, “deberá llevar una declaración que indique que este ingrediente puede causar reacciones alérgicas a los consumidores con alergias conocidas a los crustáceos y moluscos y a susproductos, o a los ácaros del polvo. Esta declaración figurará muy cerca de la lista de ingredientes”.
José María Ferrer señala además que “los nuevos alimentos aprobados especifican si están limitados a ciertos grupos de la población o son aptos para cualquier consumidor. Siempre se incorporan en los reglamentos de aprobación las exigencias en cuanto al etiquetado para advertir, si fuera el caso, a grupos de población que, por ejemplo, pudieran ser alérgicos.”
Seguridad ante todo
La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) tiene varias solicitudes en curso, que están pendientes de la evaluación de riesgo. Algunos de los ingredientes que esperan aprobación son el gusano de la harina (Tenebrio molitor) para la obtención de harina como nuevo alimento, o los derivados del Alphitobius diaperinusenteros y triturados. “También estamos a la espera de que se confirmen otras alternativas, como los grillos Acheta domesticus y Gryllodessigillatus”, señala José María Ferrer.
“Hemos de tener en cuenta que antes de que se puedan aprobar una solicitud por la Comisión Europea, han de pasar un exhaustivo control por parte de la EFSA”, según apunta el responsable de Derecho Alimentario de AINIA. La Autoridad Europea en Seguridad Alimentaria debe revisar toda la información, para en su caso, emitir un dictamen científico en el que se plasma la evaluación de seguridad de cara a permitir que el producto pueda ser aprobado y comercializado en la UE. Una vez autorizado, la producción de estos alimentos está sometida a todos los controles que se aplica en la producción de los alimentos en la UE, controles considerados como los más exigentes del mundo.
“El abanico de posibilidades para el desarrollo de nuevos alimentos a partir de los insectoses muy amplio y se encuentra en franco desarrollo. A las aprobaciones de 2021 y2022, debemos añadir el seguimiento a las solicitudes que gestiona en la actualidad EFSA y que a buen seguro nos depararán algunas novedades en lo que resta del ejercicio 2022”, concluye José María Ferrer.
Cómo se indicará en el etiquetado
Para las formas congelada, desecada y en polvo del grillo doméstico, que se aprobó el pasado 10 de febrero, la denominación del nuevo alimento en el etiquetado de los productos alimenticios que lo contengan será “Acheta domesticus (grillodoméstico) congelado” o “Acheta domesticus (grillo doméstico) desecado/enpolvo”, dependiendo de la forma utilizada.
Además, el etiquetado de los productos alimenticios que contengan las formas congelada, desecada y en polvo de Achetadomesticus (grillo doméstico), según explica José María Ferrer, responsable de Derecho alimentario de AINIA, “deberá llevar una declaración que indique que este ingrediente puede causar reacciones alérgicas a los consumidores con alergias conocidas a los crustáceos y moluscos y a susproductos, o a los ácaros del polvo. Esta declaración figurará muy cerca de la lista de ingredientes”.
José María Ferrer señala además que “los nuevos alimentos aprobados especifican si están limitados a ciertos grupos de la población o son aptos para cualquier consumidor. Siempre se incorporan en los reglamentos de aprobación las exigencias en cuanto al etiquetado para advertir, si fuera el caso, a grupos de población que, por ejemplo, pudieran ser alérgicos.”
Seguridad ante todo
La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) tiene varias solicitudes en curso, que están pendientes de la evaluación de riesgo. Algunos de los ingredientes que esperan aprobación son el gusano de la harina (Tenebrio molitor) para la obtención de harina como nuevo alimento, o los derivados del Alphitobius diaperinusenteros y triturados. “También estamos a la espera de que se confirmen otras alternativas, como los grillos Acheta domesticus y Gryllodessigillatus”, señala José María Ferrer.
“Hemos de tener en cuenta que antes de que se puedan aprobar una solicitud por la Comisión Europea, han de pasar un exhaustivo control por parte de la EFSA”, según apunta el responsable de Derecho Alimentario de AINIA. La Autoridad Europea en Seguridad Alimentaria debe revisar toda la información, para en su caso, emitir un dictamen científico en el que se plasma la evaluación de seguridad de cara a permitir que el producto pueda ser aprobado y comercializado en la UE. Una vez autorizado, la producción de estos alimentos está sometida a todos los controles que se aplica en la producción de los alimentos en la UE, controles considerados como los más exigentes del mundo.
“El abanico de posibilidades para el desarrollo de nuevos alimentos a partir de los insectoses muy amplio y se encuentra en franco desarrollo. A las aprobaciones de 2021 y2022, debemos añadir el seguimiento a las solicitudes que gestiona en la actualidad EFSA y que a buen seguro nos depararán algunas novedades en lo que resta del ejercicio 2022”, concluye José María Ferrer.