La convocatoria de las ayudas correspondiente a 2023 ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado del 29 de diciembre y está recogida en la “Orden ICT/1307/2022, de 22 de diciembre, por la que se modifica la Orden ICT/738/2022, de 28 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a actuaciones de fortalecimiento industrial del sector agroalimentario dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica Agroalimentario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2023, mediante tramitación anticipada”.
Con relación a los beneficiarios, la Orden establece que podrán acogerse a las ayudas establecidas las agrupaciones sin personalidad jurídica propia que hayan establecido, antes de la presentación de la solicitud, un acuerdo interno que regule el funcionamiento de la misma, y que cumpla los requisitos establecidos en la orden. Estas agrupaciones deberán estar conformadas por un mínimo de 4 entidades y un máximo de 60 entidades. Sólo podrán formar parte de dichas entidades las sociedades mercantiles privadas, sociedades cooperativas y Sociedades Agrarias de Transformación.
Respecto al tipo de proyecto, la ORDEN recoge que cada agrupación podrá presentar un único proyecto tractor, que estará conformado por un conjunto de proyectos primarios individuales y en cooperación, a través de los cuales se cubran las actuaciones definidas en los bloques de competitividad, trazabilidad y seguridad alimentaria. Todos los proyectos primarios se deberán de encuadrar a su vez en algunas de las tipologías de proyectos de las líneas de investigación, desarrollo e innovación, así como de innovación en protección al medio ambiente y eficiencia energética que se definen en las bases reguladoras, según recoge la nota de prensa del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
Con relación al tipo de ayudas, la convocatoria contempla la posibilidad de otorgar ayudas en forma de subvención, préstamo o una combinación de ambas. Determinados tipos de empresas tendrán la obligación de solicitar una cuantía de préstamo mínimo. El tipo de interés de los prestamos será el 0%, y se otorgan con un plazo de amortización de 10 años con 3 años de carencia. El desembolso de la ayuda se efectuará previo a la ejecución de los proyectos, una vez se haya resuelto la convocatoria y previa constitución de las garantías correspondientes.
Fuente: FEPEX
La convocatoria de las ayudas correspondiente a 2023 ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado del 29 de diciembre y está recogida en la “Orden ICT/1307/2022, de 22 de diciembre, por la que se modifica la Orden ICT/738/2022, de 28 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a actuaciones de fortalecimiento industrial del sector agroalimentario dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica Agroalimentario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2023, mediante tramitación anticipada”.
Con relación a los beneficiarios, la Orden establece que podrán acogerse a las ayudas establecidas las agrupaciones sin personalidad jurídica propia que hayan establecido, antes de la presentación de la solicitud, un acuerdo interno que regule el funcionamiento de la misma, y que cumpla los requisitos establecidos en la orden. Estas agrupaciones deberán estar conformadas por un mínimo de 4 entidades y un máximo de 60 entidades. Sólo podrán formar parte de dichas entidades las sociedades mercantiles privadas, sociedades cooperativas y Sociedades Agrarias de Transformación.
Respecto al tipo de proyecto, la ORDEN recoge que cada agrupación podrá presentar un único proyecto tractor, que estará conformado por un conjunto de proyectos primarios individuales y en cooperación, a través de los cuales se cubran las actuaciones definidas en los bloques de competitividad, trazabilidad y seguridad alimentaria. Todos los proyectos primarios se deberán de encuadrar a su vez en algunas de las tipologías de proyectos de las líneas de investigación, desarrollo e innovación, así como de innovación en protección al medio ambiente y eficiencia energética que se definen en las bases reguladoras, según recoge la nota de prensa del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
Con relación al tipo de ayudas, la convocatoria contempla la posibilidad de otorgar ayudas en forma de subvención, préstamo o una combinación de ambas. Determinados tipos de empresas tendrán la obligación de solicitar una cuantía de préstamo mínimo. El tipo de interés de los prestamos será el 0%, y se otorgan con un plazo de amortización de 10 años con 3 años de carencia. El desembolso de la ayuda se efectuará previo a la ejecución de los proyectos, una vez se haya resuelto la convocatoria y previa constitución de las garantías correspondientes.
Fuente: FEPEX